La posible revocatoria de la concesión a Supercable deja a sus accionistas y directivos en una encrucijada. Y es que, según la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en su articulo 172, los inhabilita por espacio de cinco años para obtener otra Concesión o Habilitación Administrativa, directa o indirectamente.
Pero la norma va más allá y afecta incluso a los administradores de la empresa, es decir directivos y gerentes con responsabilidades. Según la LOTEL “La inhabilidad se extenderá a los administradores u otros órganos responsables de la gestión y dirección del operador sancionado que estaba en funciones durante el tiempo de la infracción, siempre que haya tenido conocimiento de la situación que generó la revocatoria y no la haya advertido por escrito a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Conatel, antes de la apertura del procedimiento sancionatorio”.
El pasado 14 de mayo vencía el plazo otorgado por el organismo para que la empresa cumpliera con la medida. Desde ese día, no hay información oficial sobre el estatus de la revocatoria y si ésta se ejerció o no. Mientras tanto, Supercable, mediante un comunicado colgado en su página Web, garantizó a sus clientes servicios por todo el mes de mayo.
Según fuentes consultadas, la empresa sigue en proceso de presentar alegatos para evitar la revocatoria y luchar por retener, por lo menos, Gran Caracas.





Leave a comment